Cláusulas suelo, el fín de la letra pequeña.
Comenzaré explicando en que consiste una cláusula suelo, esta cláusula es un préstamo hipotecario el cual establece un tipo de interés mínimo de interés que se liquida con las correspondientes cuotas de dicha hipoteca. El problema esta en que muchos clientes han firmado sus hipotecas sin saber en que consistía esta cláusula lo que ha provocado que esta medida pueda considerarse abusiva.Veamos un ejemplo, si una hipoteca está contratada al euríbor más un punto y tiene una cláusula suelo del 3,5%, aunque el euríbor baje al 0,75%, el cliente pagará un tipo de interés del 3,5%, en vez del 1,75% que le correspondería. Estas cláusulas han permitido a la banca blindarse frente a bajadas en el tipo de interés, a costa de los ahorros del cliente.

El supremo ha establecido como causa de anulación seis supuestos.
1.- Que la hipoteca tuviera "apariencia de un contrato de préstamo a interés variable".
2.- "La falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio".
3.- "La apariencia de que el suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo".
4.- "Su ubicación entre una abrumadora cantidad de datos entre los que quedan enmascaradas y que diluyen la atención del consumidor en el caso de las utilizadas por el BBVA".
5.- "La ausencia de simulaciones de escenarios diversos".
6.- "La inexistencia de advertencia previa clara y comprensible sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad".
Con que se cumpla uno de estos seis supuestos ya se puede anular dicha cláusula.
Esto ha provocado que BBVA y Cajamar ya hayan anulado estás cláusulas de sus hipotecas y que NovaGalicia esté estudiando hacerlo.
Respondamos a una serie de preguntas:
¿Qué bancos aplican estas cláusulas?
La práctica totalidad de las entidades financieras contempla las cláusulas suelo en sus contratos de hipoteca, si bien eso no significa que las incluyesen en cada contrato. Algunas entidades sí hacen públicos los suelos de la hipoteca y en otras hay que preguntar específicamente por ello.
¿Cuánto cuestan al cliente?
Depende, lógicamente, de los tipos de interés. Ahora que el euribor está en mínimos históricos, el coste de una hipoteca con cláusula suelo sería por ejemplo;
Una hipoteca media de 104.000 € a 25 años y un tipo de interés del euribor + 1%
La cuota mensual sin suelo sería de 416€/mes (con datos del mes pasado)
Con cláusula suelo del 4%, la cuota sería de 579€/mes, es decir 130€ más al mes y 1.560€ al año.
Entonces, ¿Son ilegales?
No lo son en absoluto, son una característica más del contrato hipotecario y así lo reconoce el Tribunal Supremo, lo que ha condenado dicho Tribunal es la inclusión de éstas cláusulas sin la adecuada transparencia y sin informar de ello a los clientes.
Estas cláusulas son legales al estar incluidas en el contrato firmado por el cliente, pero han de ser pactadas, ya que hay sentencias que anulan dichas estipulaciones cuando no ha habido un acuerdo para establecerlas y presentan las circunstancias descritas anteriormente: suelo demasiado alto y techo también excesivamente alto, lo que al final redunda siempre en un beneficio para el banco y no una protección para el cliente frente a las oscilaciones del índice de referencia.

¿La anulación supone indemnización para los clientes?
No. El Supremo fué claro en este aspecto, y reflejo en la sentencia que la misma no tenía efectos retroactivos. Basicamente, los bancos dejan de cobrar por este concepto.
Fuentes: CincoDías, ElPaís, Excite, Huffington Post.
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